Procedimiento de solicitud de subvenciones
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Procedimiento para solicitar una subvención para un proyecto de cooperación internacional al desarrollo

El Ministerio de Asuntos Exteriores otorga subvenciones a las entidades cívicas legalmente establecidas en el país y a otros actores que lleven a cabo actividades de cooperación internacional y de desarrollo social en países en vías de desarrollo y que cumplan lo establecido en el plan rector. Las subvenciones se pueden solicitar por dos vías: la convocatoria anual para solicitudes de subvención de hasta 40.000 euros para proyectos grandes, i, por otro lado, las ayudas de hasta 7.500 euros para pequeños proyectos, que en este caso pueden solicitar-se en cualquier momento del año.
Finalmente, el Gobierno de Andorra podrá otorgar subvenciones inferiores a 3.000 € puntualmente para proyectos que mediante el intercambio entre culturas en el ámbito educativo o cultural, fomenten la solidaridad internacional i desarrollen una sociedad más comprometida y solidaria. Ejemplos de estos proyectos pueden ser, entre otros, acciones públicas de intercambio artístico y cultural o acciones en centros educativos.
¿Quién puede optar a una subvención?
Las entidades cívicas andorranas sin ánimo de lucro. Se entiende por entidades cívicas las asociaciones constituidas legalmente, sin ánimo de lucro y con plena capacidad jurídica y de obrar, que tengan como finalidad estatutaria la realización de actividades de cooperación internacional al desarrollo, con sede en el Principado y que estén inscritas en el Registro de Asociaciones del Gobierno de Andorra.
¿Cómo se puede solicitar?
Las demandas de subvención inferiores o igual a 7.500 euros se pueden presentar en cualquier momento del año. La documentación que se debe entregar es la misma que para las subvenciones grandes. Se aceptará una descripción del proyecto simplificada y no será necesario adjuntar el Anexo II del plan rector.
Las demandas de subvención de hasta 3.000 € para proyectos de sensibilización y educación para el desarrollo se pueden presentar en cualquier momento del año. La documentación que se debe entregar queda detallada en el plan rector.
Las demandas de subvención de más de 7.500 euros deben presentarse en el momento en que el Ministerio de Asuntos Exteriores abre la convocatoria pública. Estas solicitudes deben ir acompañadas de la documentación siguiente:
- Solicitud firmada por la persona que ocupa la presidencia de la entidad
- Presentación detallada de la actividad para la cual se solicita la subvención, siguiendo el modelo de Guión de los anexos I y II del plan rector.
- Acuerdo de la junta de la entidad que aprueba la realización del proyecto o programa, la solicitud de la subvención y se compromete a llevarlo a cabo.
- Documento acreditativo expedido por la autoridad del país receptor, dirigido a la entidad solicitante, que da fe de su conformidad a realizar el proyecto o programa.
- Declaración jurada conforme el licitador esta facultado para contratar con la Administración pública andorrana, según el modelo adjunto en anexo en el plan rector.
- Declaración jurada conforme las fuentes de financiación de que dispone la ONG provienen del desarrollo de una actividad lícita, y conforme la persona responsable del proyecto no está imputada en ninguna causa penal pendiente por un delito doloso ni ha sido objeto de una sentencia penal firma condenatoria por la comisión de un delito doloso, según el modelo que se adjunta en anexo en el plan rector.
- Declaración sobre si se han pedido o obtenido otras ayudas públicas o privadas para el mismo proyecto, incluidos los importes solicitados y concedidos, según el modelo que se adjunta en anexo en el plan rector.
¿Como se otorgan las subvenciones?
Para garantizar la imparcialidad y concretar el procedimiento de asignación de las subvenciones otorgadas por el Gobierno para la cooperación internacional al desarrollo se ha establecido un guión de criterios específicos puntuables a partir de un baremo.
Este baremo permite determinar el porcentaje de financiamiento que se ha de otorgar en función de las características del proyecto o del programa en relación a lo establecido en el plan rector. La subvención no podrá exceder la aportación máxima por entidad, este año fijada en 40.000 euros para a la convocatoria y en 7.500 euros para las solicitudes de subvención de pressupost reducido, y en la medida que el presupuesto destinada a esta finalidad lo permita.
El importe máximo de la subvención otorgada por el Gobierno de Andorra no puede ser superior al 70% del coste total del proyecte. En este porcentaje se tendrá en cuenta la suma de las subvenciones otorgadas por otros ministerios.
En cuanto a las demandas de subvención de hasta 3.000 € para proyectos de sensibilización y para educación para el desarrollo, se evaluaran caso por caso i se valoraran los elementos siguientes:
- La implicación de las escuelas de los diferentes sistemas educativos de Andorra.
- Las acciones públicas que tengan un importante componente de intercambio artístico y cultural.
- La realización de actividades que impliquen la sociedad andorrana.
- Se valorará la eficiencia del proyecto, entendida como la relación entre el costo y la cuantidad de público o personas que participan en las actividades.